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Actualidad » Política
 

El Gobierno publicó hoy el nuevo Código Penal Militar Policial, que sanciona hasta con pena de muerte la traición a la Patria
Jueves, 02.09.2010, 07:00am (GMT-5)

 


El Gobierno publicó hoy el nuevo Código Penal Militar Policial, el mismo que establece que los miembros de las FF.AA. y policiales “que encontrándose en situación de actividad cometan delitos contemplados en este Código, solo podrán ser investigados y juzgados por jueces, fiscales, salas y tribunales militares policiales”.

El documento también señala que en caso de traición a la Patria las penas irán desde los 30 años de prisión hasta la cadena perpetua, y en caso que ese delito se cometa durante guerra exterior la pena puede ser hasta de muerte.

MÁS DETALLES
La traición a la Patria ocurrirá cuando el militar o policía tome las armas contra el Perú o sus aliados, o forme parte en la organización militar de la parte adversaria.

También cuando induzca a personal para pasarse al adversario, así como atentar a la defensa nacional favoreciendo al adversario o intentando favorecerlo.

Asimismo, cuando se entregue, inutilice o entorpezca un medio o recurso necesario para la defensa nacional. Además, cuando se proporcione información, procedimiento, asunto, acto, documento, dato u objeto para tal fin.

Mientras que en caso de traición a la patria en tiempos de paz, las conductas serán sancionadas con pena privativa no menor de 20 años, además de la inhabilitación.

Otros delitos mencionados son la rebelión, que será sancionada con una pena no menor de 15 ni mayor de 25 años, además de la inhabilitación. Y en caso de motín, deberán cumplir con una sentencia no menor de tres años y no mayor de 6 años.

En casos de delitos menores se sancionará con multas, las que no serán menor del 25 por ciento y no mayor del 50 por ciento del ingreso diario del condenado, cuando viva exclusivamente de su trabajo.

Esta multa se extenderá de un mínimo de 30 días multa a un máximo de 365 días, salvo disposición distinta de la ley. El importe será destinado a los fondos de del Fuero Militar Policial.

GARANTÍAS EN EL PROCESO
El nuevo Código también indica que “todo militar o policía imputado de la comisión de un hecho punible es considerado inocente y debe ser tratado como tal en tanto no se demuestre lo contrario y se haya declarado su responsabilidad (...)”.

Hay que recordar que este documento es el resultado de las facultades que otorgó el Congreso de la República al Poder Ejecutivo para legislar en esta materia por un plazo de 60 días.

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