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El Congreso no es hostal Lunes, 05.10.2009, 07:50am (GMT-5) Por Federico Salazar El Congreso está congelado. No reacciona. Si no los viera moverse, diría que los congresistas están muertos. Nadie en el Congreso ha pedido algún cambio en el Reglamento. Y deberían hacerlo. Lo reclama, por lo menos, el caso de la congresista Rocío Gonzales, condenada por el robo de luz a favor de su empresa. Una serie de tecnicismos y enredos leguleyos han congelado la situación de la congresista. La Suprema ratificó hace poco la sentencia condenatoria. En el camino, sin embargo, se cumplió la prueba de pena suspendida sujeta a reglas de buena conducta. Hoy la congresista está habilitada en sus derechos. ¿Qué hacer con el tiempo en que, como resolvió la Suprema, cumplía sentencia como autora del delito de robar luz? ¿Se puede admitir que el Congreso sea algo así como un alojamiento de paso, un hostal, de delincuentes sin prisión efectiva? La congresista fue sentenciada, en primera instancia, poco antes de la ceremonia de investidura de su cargo. ¿Buscó el Congreso como refugio frente a su proceso? Un procesado puede buscar en el Congreso influencia y poder. Puede canjear la influencia y el poder a cambio de votos, adhesiones, dictámenes o mayorías. Si es así, los procesos de decisión política se contaminan del delito, y el cambalache de votos se convierte en actividad criminal de encubrimiento. El artículo 25 del Reglamento dice que sólo procede el desafuero con una sentencia firme por delito doloso, en caso se disponga prisión efectiva inmediata. ¿Por qué? ¿Acaso es misión del Congreso proteger al que cometió delito? ¿Es lícito que el Congreso proteja al que cometió delito y permita que ejerza la representación política? Mientras fue delincuente, ¿pudo representar a sus electores un congresista? El Congreso, ¿debe admitir entre los representantes a un condenado por delito doloso, al margen de que se haya dispuesto o no prisión efectiva? La suspensión de la prisión no cambia la culpabilidad. Hay gente que con sentencias menores a cuatro años pierde la libertad. El Congreso no debería considerar la suspensión de la carcelería como un atenuante de la acción criminal. No debe haber congresistas que cumplan su condena en el Congreso. La condena firme, extemporánea o no, debe ser razón suficiente para el desafuero. Al margen de lo que pase ahora con la congresista que robó luz, el Congreso debe cambiar sus reglas de juego. A no ser que quiera convertirse en el hospedaje de paso de los delincuentes e indeseables. |
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